Intervención. José Miguel Ruano, Debate enmiendas Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos

Señorías,
Me corresponde concluir este debate sobre las enmiendas a la Ley del Suelo y los Espacios Naturales Protegidos en el que han quedado patentes las opiniones favorables y en contra sobre el texto y, permítanme decirlo, alguna que otra falsedad y más de una incongruencia.
Una de las incongruencias más evidentes es la postura del Partido Socialista ante este Proyecto de Ley del Suelo, que ahora rechazan como propio, pero que como Proyecto de Ley fue aprobado en el Consejo de Gobierno del que formaba parte, y los acuerdos a los que llegamos / en noviembre de 2016 / con presencia de José Miguel Pérez y Patricia Hernández /los hemos mantenido desde el Grupo Nacionalista Canario
Por si los han olvidado, se los recuerdo…
- Simplificación de los procedimientos.
- Garantía de que la evaluación ambiental estratégica del planeamiento estructural de los municipios la hiciera un órgano ambiental autonómico.
- Vigencia, con rango reglamentario, de directrices de suelo rústico.
- Conservación de la regulación de los ENP
- Y, finalmente, usos complementarios en suelo rústico asociados a la actividad agrícola y pecuaria.
A pesar de ello, y antes de entrar de lleno en argumentar la razón de esta Ley y el por qué de nuestro apoyo, debo destacar y agradecer el trabajo que todos los Grupos han realizado, en los últimos meses, en el seno de la Ponencia: 14 reuniones de una media de tres horas cada una, en las que hemos estudiado artículo a artículo, enmienda a enmienda, para aprobar muchas de ellas, transar otras y concluir con el Proyecto de Ley que debatimos hoy.
Sería muy ingenuo pensar que una Ley de tanta importancia, que quiere establecer el marco en el que se regulan las políticas públicas sobre SUELO y ENP para los próximos años, va a estar exenta de divergencias. Sin duda, debe haberlas.
Pero, sin embargo, a pesar de las diferencias resaltadas por los portavoces de Partido Socialista, Podemos y Nueva Canarias y las precisiones del ASG y el PP, hemos conseguido lograr una Ley de todos, porque todos y cada uno de los grupos han contribuido a mejorar el texto que aceptamos aquí en noviembre, y su artículos saldrán refrendados, unos con 33 votos (que es más de la mayoría absoluta), otros con 48, otros con 53 y otros con la unanimidad.
Lo que es cierto es que es tan legítima una opción como cualquier otra, ya que en un sistema democrático impera la mayoría: es la base de nuestro sistema parlamentario, es la base de nuestra democracia.
Y lo que es FALSO, rotundamente FALSO, es que esta Ley sea una vía a la CORRUPCIÓN .
Me parece una falacia por una triple razón :
- En primer lugar, porque la corrupción es cosa de corruptos y frente a ellos no hay más ley que la Ley Orgánica del CÓDIGO PENAL .
- En segundo lugar, porque en correspondencia con la simplificación que esta ley propugna, los mecanismos territoriales y urbanísticos son más TRANSPARENTES
- Y, en tercer lugar, porque quienes hablan de corrupción lo hacen como expresión populista para el descrédito; les da igual la regulación. Lo dirían – sí o sí – porque es Coalición Canaria quien la promueve y el Partido Popular y ASG quien la apoya. Para quienes esto dicen, hubiera sido fatal que hubiéramos aceptado todas sus enmiendas porque –entonces- no sabrían qué discurso hacer.
Señorías,
La Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos quiere ser, desde sus principios de simplificación, contención y no regresión, un impulso para nuestro crecimiento en un entorno que tenemos que cuidar y proteger pero que debe facilitar el desarrollo de nuestra sociedad en todos los ámbitos: facilitar que se hagan cosas donde se puedan hacer y no permitir, bajo ningún concepto, que se hagan donde no se pueden hacer.
Con un territorio tan fragmentando y limitado como el nuestro, Canarias disfruta de casi el 50% de su suelo protegido.
Y así va a seguir siendo… pero necesitamos articular los mecanismos legales, necesarios y suficientes, para que en el suelo que no esté sujeto a protección se puedan desarrollar actividades que permitan el crecimiento y la riqueza de nuestra gente.
No olvidemos, y desde esa realidad debemos contemplar esta Ley, que Canarias es lo que es: un archipiélago en medio del Atlántico, dividido en 8 islas e islotes, con insuficientes recursos naturales para una población de 2,2 millones de habitantes y 13 millones de turistas, con un tejido industrial frágil y una orografía complicada.
Señorías,
La ordenación del territorio y la protección de sus espacios naturales resulta fundamental para contribuir al desarrollo de Canarias desde la sostenibilidad.
Tal y como apuntábamos en el documento Canarias 20, emanado de la Conferencia Política de Coalición Canaria, de octubre de 2014, el cuidado de nuestro territorio debe ser una constante en todas las políticas públicas y privadas, la fragilidad del suelo en el que nos asentamos y la biodiversidad que alberga nos obliga a seguir esta política: la sostenibilidad de Canarias es y será uno de nuestros sellos de identidad.
Nuestro compromiso con la sostenibilidad no viene solo de 2014, viene desde más atrás, de nuestros programas electorales, de las leyes que a partir del año 1999 nos hicieron ralentizar el crecimiento por los altos costes ambientales con que afrontamos el desarrollo en los años 90… y ahí están las hemerotecas y diarios de sesiones para comprobarlo.
Cierto es que no todos los esfuerzos han sido exitosos, ha habido normas que han quedado desfasadas con el tiempo, otras que no han contribuido a la claridad de las actuaciones, generando – al mismo tiempo- una hiper- regulación y una falta de planeamiento municipal adaptado, derivando en una situación de inseguridad jurídica que esta Ley pretende solucionar.
Es en el presente cuando se toman decisiones para el futuro, muchas veces aprendiendo de los errores del pasado, pero con la absoluta convicción de que es nuestra responsabilidad: actualizar y simplificar para permitir mayor agilidad y dinamismo en el planeamiento y en los procedimientos, y seguir protegiendo nuestro bien más preciado: nuestro entorno natural, el que nos define y en el que se alberga nuestra identidad.
Señorías,
Si profundizamos en el contenido de la Ley del Suelo y los Espacios Naturales Protegidos debemos destacar sin duda sus principios fundamentales de simplificación, contención y no regresión.
Simplificar, racionalizar y actualizar no implica la vuelta atrás en las decisiones estructurales sobre el territorio y el medio que se han tomado hasta ahora desde la protección absoluta a nuestro medio ambiente.
La Ley lo que hace es facilitar que se hagan cosas donde se puedan hacer y que no se hagan donde no puedan hacerse, con el objetivo, al que me he referido anteriormente, de que el territorio pueda jugar su papel dinamizador en el desarrollo económico y social de Canarias.
Y esto, señorías, no es incompatible con la conservación, el territorio protegido seguirá protegido; y tampoco está reñido con la generación de rentas complementarias a la actividad de los profesionales del sector agrario.
La importancia del sector primario en nuestro Archipiélago pierde cada día más peso, y en esta Legislatura se ha trabajado desde el primer día en hacer converger el sector con otros, como el turístico o el industrial, para “crecer juntos”. Debemos favorecer que la gente que vive en EL campo y DEL campo tenga mayores posibilidades de encontrar así un modo de vida que aporte beneficios también en nuestro paisaje, nuestros recursos y en la sociedad.
El segundo de los principios que definen a la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos, es el principio de contención.
Clarificar y acotar las competencias de cada una de las Administraciones que actúan sobre el territorio.
Para ello se establece que cada plan desarrolle las determinaciones que le corresponden de acuerdo con la ley sin ir más allá de lo estrictamente necesario: por ello
-las directrices autonómicas serán marco de la ordenación territorial estratégica,
– los planes insulares tienen que contener todo (y solo) lo que es ordenación territorial de la isla;
– la planificación de los espacios naturales, la ordenación y conservación de la biodiversidad de los espacios naturales protegidos.
-los planes generales, la ordenación urbanística estructural y detallada de los municipios
Se trata de darle a cada Administración lo que le corresponde en el ejercicio de sus competencias, atendiendo a un procedimiento monofásico, sin perjuicio de la evaluación ambiental q corresponda .
Y a quienes hablan de mantener, sin más, la vigencia de la Directrices de Ordenación General de 2003, les diré que será esta Ley y sus Reglamentos los que colmen con suficiencia los principios de simplificación, contención del planeamiento y no regresión de las decisiones territoriales y ambientales. Mantenemos la vigencia de determinadas directrices de suelo rústico. Hacerlo de forma genérica y total supondría hacer inviable el desarrollo del planeamiento territorial y urbanístico que debe producirse desde que esta ley esté vigente.
En este ámbito, sin duda, surge uno de los temas más controvertidos que ha generado más debate público y político durante los últimos meses: el papel de la COTMAC.
Señorías, el Proyecto de Ley propone un órgano ambiental autonómico que sustituya a la Cotmac, que cuente con criterios públicos, objetivos y reglados para garantizar su máximo rigor y que tanto profesionales como administraciones sepan cuáles son los criterios por los que se rige, reforzando la seguridad jurídica de cualquiera de sus actuaciones.
En ningún caso este cambio supondrá que el Gobierno de Canarias se desentienda de sus obligaciones hacia la protección del territorio.
La evaluación ambiental estratégica de la parte estructurante de los planes generales de los municipios de menos de 100.000 habitantes, así como su modificación sustancial, será realizada por ese órgano.
Eso no es óbice para que, tal y como prevé el Proyecto de Ley, los Cabildos puedan realizar la evaluación ambiental de los instrumentos insulares del planeamiento territorial, si tienen medios para hacerlo, o firmen un Convenio con el Gobierno para que dicha evaluación la haga el órgano autonómico.
También se incluye la posibilidad de que los cuatro municipios de más 100.000 habitantes sigan este mismo régimen.
Señorías,
Otro de los principios sobre los que se sustenta este PL es el de No regresión de las decisiones territoriales básicas.
El PL simplifica y racionaliza desde la prudencia y la ponderación, respetando decisiones estructurales sobre la conservación del territorio y el medio ambiente. En este sentido, la regulación de los ENP es una traslación de la regulación sustantiva de 1994, a la que se añade la de la Red Natura 2000 y el régimen básico de ordenación de los recursos naturales, que deriva de la Ley Estatal de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, de 2007.
En ese marco, quisiera detenerme ahora en los usos complementarios del suelo rústico. No cabe duda de que, con las enmiendas en Ponencia, le hemos dado una regulación más precisa y garantista. En primer lugar, reservándolo a la gente que vive del campo: agricultores y ganaderos profesionales. A su vez, haciendo un planteamiento restrictivo para conservar la superficie cultivada como valor del paisaje y desarrollar el sector primario como actividad principal. No se permiten edificaciones de nueva planta, y para el uso turístico alojativo -siempre sobre edificaciones preexistentes- serán los Planes Insulares los que puedan contemplarlos de forma muy limitada: con un límite máximo de 6 camas por 250 metros cuadrados.
Otra de las afirmaciones que reiteran algunos Grupos / y les aseguro que por mucho que la repitan no se va a convertir en verdad, / es la alusión a supuestas puertas traseras que contiene este Proyecto de Ley. O incluso a la contraposición urbanismo de plan vs urbanismo de proyecto.
Y lo dicen incluso los que justifican el uso y abuso del art. 47 del vigente texto refundido, mecanismo de suspensión del planeamiento que tendría que tener carácter excepcionalísimo.
Señorías,
No hay puertas traseras, hay mayor regulación y mayor control para a actuar ante supuestos singulares y excepcionales.
Los proyectos de interés insular o autonómico quedan constreñidos a actividades sobrevenidas o actuaciones urgentes, debidamente justificadas.ç
No caben usos turístico-alojativos y pueden aprobarse en ejecución del planeamiento insular o de las directrices, o ser autónomos, pero acreditando el interés público de la decisión.
Por su parte, las Ordenanzas provisionales sólo caben por interés público o social, para resolver un caso de extraordinaria y urgente necesidad y con un plazo de vigencia de dos años para producir la modificación menor del planeamiento.
Con esa regulación, no afrontaremos sólo proyectos de interés insular y autonómico, como puede ser un nuevo telescopio en el Roque de los Muchachos; sino también, en los municipios, en la instalación de equipamientos como ascensores en el exterior de un edificio de viviendas sociales (lo que facilita la vida, en este caso especialmente, de nuestros mayores )
Señorías,
Debatimos y votamos hoy una de las leyes más importantes de la próxima década.
Una ley que facilita, simplifica, racionaliza y responsabiliza a cada una de las administraciones públicas que actúan sobre el territorio. Y lo hace respetando lo mejor de nuestro excepcional medio natural y nuestra biodiversidad.
La nueva LEY DEL SUELO Y DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS DE CANARIAS no será un instrumento legal que transforme nuestro modelo productivo, pero sí nace para que se hagan las cosas que pueden hacerse allí donde pueden hacerse e impedir que se hagan en aquellos suelos de mayor valor ambiental o productivo, aportando mayores posibilidades a nuestro desarrollo económico y social.
A pesar de su plenitud, de su amplio contenido regulador, va a requerir desarrollo reglamentario urgente de diversos aspectos y esperamos – Sra. Consejera – que el Gobierno se ponga a ello desde el mismo momento de su aprobación, en el día de hoy.
Pero el valor de una norma no lo aporta solo su concreción formal sino la interiorización que de la misma hagan todos aquellos que están obligados a aplicarla y así convertirse en un instrumento que facilite la vida de las personas en Canarias… que es, en definitiva, su objetivo fundamental.
Muchas gracias